La retribución del Consejo de Administración aprobada, incluida la retribución de los miembros del Consejo, de la
Presidenta y del Consejero delegado, no ha sufrido variación con respecto a 2020.
Por lo que respecta a la Presidenta, de acuerdo a sus funciones como Presidenta no ejecutiva de la Sociedad, tiene
asignada una retribución fija anual, a la que hay que añadir la retribución como miembro del Consejo de Adminis-
tración. Su retribución se compone exclusivamente de elementos de carácter fijo y no tiene asignada retribución
variable, ni anual, ni plurianual, ni indemnización por cese. Como ya se ha indicado, en 2021 ambas retribuciones se
han mantenido en los mismos términos que en 2020.
Asimismo, respeto a su designación, en sesión celebrada el 25 de febrero de 2020, el Consejo de Administración
adoptó, entre otros, el acuerdo de designar a Dª. Beatriz Corredor Sierra como consejera de la Sociedad, en la ca-
tegoría de “otros externos”, hasta la celebración de la siguiente Junta General de Accionistas, y nombrarla presi-
denta no ejecutiva del Consejo de Administración y de la Sociedad. La Junta General de Accionistas de 14 de mayo
de 2020 ratificó el nombramiento de Dª. Beatriz Corredor Sierra como consejera de la Sociedad.
En relación a D. Jordi Sevilla Segura, el Consejo de Administración, en sesión celebrada el 28 de enero de 2020,
tomó razón de la renuncia irrevocable presentada por este, como consejero y, en consecuencia, como presidente
no ejecutivo del Consejo de Administración y de la Sociedad, y conforme a lo establecido en su contrato aprobado
por el Consejo de Administración el 31 de julio de 2018, no percibió indemnización alguna con motivo de la termina-
ción de su relación jurídico-mercantil con la compañía como presidente del Consejo de Administración y de la So-
ciedad.
En relación al Consejero delegado, tiene asignada una retribución que incluye, tanto una retribución fija y variable,
anual y plurianual, por sus funciones ejecutivas, como una retribución fija en su condición de miembro del Consejo
de Administración. También tiene asignado un complemento en concepto de beneficios sociales. Una parte de la
retribución variable anual se liquida mediante la entrega de acciones de la Sociedad.
Asimismo, el Consejero delegado participa en un sistema de previsión social de aportación definida. Las contin-
gencias cubiertas por este sistema son jubilación, fallecimiento e incapacidad permanente. La obligación de Red
Eléctrica se limita a la realización de una contribución anual equivalente a un 20% de la retribución fija anual del
Consejero delegado.
La retribución variable anual del Consejero delegado se establece con criterios objetivos predeterminados y cuan-
tificables por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad al inicio de cada ejercicio. Los objeti-
vos se encuentran alineados con las estrategias y actuaciones establecidas en el Plan Estratégico de la Compañía
y la valoración de su cumplimiento se lleva igualmente a cabo por la citada Comisión.
A finales de 2020, el Consejo de Administración inició el proceso de actualización del Plan Estratégico 2018-2022,
vigente en ese momento, lo que permitió aprobar en el mes de noviembre de 2020, la estructura del nuevo Plan de
Incentivo a Largo Plazo de Impulso a la Transición Energética, Reducción de la Brecha Digital y Diversificación, en
el que se encuentra incluido el Consejero delegado, cuyos objetivos están vinculados a los contemplados en el
nuevo Plan Estratégico del Grupo y se ajustan a las líneas marcadas en la Política de Remuneraciones de los Con-
sejeros. Este Plan de Incentivo a Largo Plazo tiene una duración de 6 años y finalizará el 31 de diciembre de 2025.
De acuerdo con la política de remuneraciones, el contrato del Consejero delegado, siguiendo las prácticas habitua-
les del mercado, contempla una indemnización equivalente a una anualidad en caso de extinción de la relación
mercantil por cese por voluntad de la Sociedad o cambios de control.
Siguiendo las prácticas de mercado para estos casos, como consecuencia del nombramiento del Consejero dele-
gado, el contrato laboral existente con anterioridad queda en suspensión. En el caso en que se produjera la extin-
ción del mismo, devengaría en términos indemnizatorios la retribución existente a la fecha de su suspensión, con-
siderándose, a los efectos oportunos, su antigüedad en el Grupo hasta la fecha de su nombramiento como Conse-
jero delegado (15 años), más el periodo de servicios, si los hubiera, tras su cese como Consejero delegado; todo ello
de acuerdo con la legislación laboral vigente. Tras el proceso de corporativización llevado a cabo en 2020, la Socie-
dad asume dicha obligación.
Por lo que respecta al Consejo de Administración, su retribución contempla una retribución fija anual, una remune-
ración por asistencia a las sesiones de Consejo, una remuneración por dedicación a las Comisiones del Consejo de
Administración y una retribución específica anual tanto para los Presidentes de las mismas como para el cargo de