Para visualizar el informe financiero anual remitido en formato FEUE, debe seleccionar en la columna “Tipo” el enlace al informe financiero anual que desea visualizar (individual/consolidado). Para descargar y archivar los ficheros xHTML en el disco, debe pulsar con el botón derecho sobre el enlace. Adicionalmente, se puede descargar el ZIP del consolidado en la columna “Fichero ZIP”. Para acceder al texto completo de los informes financieros anuales que se hubieran remitido en formato PDF debe seleccionarlo en la columna “número de registro oficial”.

FONDO DE TITULIZACION DE ACTIVOS SANTANDER CONSUMER SPAIN AUTO 06
Nº Registro OficialFecha Estados FinancierosFecha de publicación (1)Nombre del auditorTipoFichero ZIP (2)Informe especial (3)Ampliación información (4)Opinión del auditor (5)Párrafo de énfasis (5)Observaciones
14613 31/12/2012 16/05/2013 DELOITTE, S.L. Individual Limpia -
13501 31/12/2011 03/05/2012 DELOITTE, S.L. Individual Limpia
12870 31/12/2010 28/04/2011 DELOITTE, S.L. Individual Limpia -
11881 31/12/2009 29/04/2010 DELOITTE, S.L. Individual Limpia -
11223 31/12/2008 06/05/2009 DELOITTE, S.L. Individual Limpia -
10514 31/12/2007 29/04/2008 DELOITTE, S.L. Individual Limpia -
9900 31/12/2006 10/05/2007 DELOITTE, S.L. Individual Limpia -
(1) Fecha en la que el emisor ha remitido el IFA o, en su caso, la fecha de remisión de la última sustitución al envío inicial.
(2) En esta columna se puede descargar el fichero xHTML remitido por el emisor junto con los ficheros relativos a la taxonomía. La CNMV no proporciona un visor para los ficheros iXBRL.
(3) Informe especial de auditoría previsto en el artículo 13 de la O.M. del 18 de Enero de 1991. El informe especial de auditoría, a partir del 01 de enero de 2021, se puede consultar en la información financiera intermedia correspondiente al primer semestre del ejercicio siguiente, en concreto en su capítulo VI.
(4) Información adicional facilitada por el emisor (respuesta a requerimientos de la CNMV, certificados del secretario del consejo y otra información complementaria como modificación de ficheros, sin reformulación, corrigiendo el etiquetado).
(5) Para mayor detalle, a partir del 01 de enero de 2021, consulte el informe de auditoría.