Pasaportes recibidos por la CNMV
Se incluye en esta página un listado de los folletos y suplementos que, habiendo sido aprobados por autoridades competentes de Estados miembros de la Unión Europea distintas de la CNMV, se han remitido a la misma junto con la notificación de su aprobación, con el fin de que los valores a los que se refieren puedan ser objeto de una oferta pública de venta en España y/o puedan ser admitidos a negociación en un mercado regulado con sede en España, de conformidad con el artículo 25 del Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2017 sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado y por el que se deroga la Directiva 2003/71/CE. De acuerdo con el artículo 39 de la Ley del Mercado de Valores, la CNMV no realiza procedimiento administrativo alguno con relación a los documentos notificados por otras autoridades competentes.