ENDESA, S.A.

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desde 01/07/1988 hasta 20/03/2018

    • 14/11/1997
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    • ENDESA, S.A.
    • Acuerdos estratégicos con terceros
    • La Junta Extraordinaria de Accionistaas de la sociedad chilena ì Compañía de Inversiones Luz S.A. ("Luz"), en la que Elesur, filial ì chilena de Endesa, participa con un 33% de las acciones de la serie A ì y el 100% de las acciones de la serie B, eligió el 10 de noviembre ì pasado a su nuevo directorio (órgano de administración), nombrando ì Elesur a cinco de los ocho directores. En la misma sesión, la Junta adoptó los siguientes acuerdos: 1. Modificación del objeto social, de forma que queda circunscrito a ì inversiones en acciones emitidas por sociedades anónimas chilenas (sin ì exceder el total de las inversiones en acciones del 10% del patrimonio ì de la sociedad) y en instrumentos financieros. La modificación se ì acompaña de una disposición transtoria por la que la administración de ì la sociedad habrá de adecuar sus inversiones al nuevo objeto social no ì más tarde del 20 de marzo de 1998. 2. Elevación del quorum estatutario para la constitución del órgano de ì administración de la sociedad y de la mayoría necesaria para la ì adopción de acuerdos por el mismo, a siete de los ocho ì administradores. En relación con el primer acuerdo, debe indicarse que, en la ì actualidad, la valoración en libros del principal activo de Luz ì (acciones representativas del 2,86% del capital social de Enersis) ì equivale, aproximadamente al 84,33% del patrimonio total de Luz. ì Sincontar dicha participación del 2,86%, Endesa tiene indirectamente ì la propiedad del 28,03% de las acciones de Enersis y derechos de voto ì en la misma por un 29,2%. Elesur ha hecho expresa reserva de las acciones legales que le ì corresponden por cuanto los anteriores acuerdos pudieran vulnerar sus ì derechos en tanto que acionista titular del 100% de las acciones serie B. ì
    • Número de registro: 10506
      • Relacionado con 10450 del 03/11/1997 (00:00)
    • 13/11/1997
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    • ENDESA, S.A.
    • Acuerdos estratégicos con terceros
    • Endesa, remite copia traducida al español de la documentación ì presentada ante la Securities and Exchange Commission de los Estados ì Unidos con fecha 12/11/97 sobre su participación en la empresa chilena ì Enersis y que enmienda la presentada con fecha 17/9/97. Según esta última comunicación, Endesa declara que tendrá capacidad de ì votar y dirigir la disposición de 1.984.246.340 acciones de Enersis ì (29,20% de su capital). Este número no incluye 194.412.126 acciones ì (2,86% del capital de Enersis) propiedad de Luz. Aunque Endesa es un ì accionista mayoritario de control de Luz de acuerdo con la legislación ì chilena, no posee capacidad para votar o dirigir el voto o la ì disposición de las acciones poseidas por Luz como resultado de la ì reciente resolución adoptada por los accionistas de Luz el 10/11/97. Esta información es un resumen de la más amplia facilitada por la ì compañía y que se encuentra disponible para su consulta en los ì registros de la CNMV.
    • Número de registro: 10503
    • 07/11/1997
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    • ENDESA, S.A.
    • Operaciones y garantías sobre activos
    • Con fecha 03/11/97 se registró con nº:10.444 un hecho ì relevante relativo a la adquisición por Endesa Desarrollo, S.A. ì (filial 100% de Endesa, S.A.) del 3% de Enersis. Este hecho había sido ì comunicado igualmente a la Superintendencia De Valores y Seguros de ì Chile. El 31/10/97, Endesa Desarrollo, S.A. presentó ante la Superintendencia ì de Valores y Seguros de Chile el formulario complementario sobre dicha ì adquisición. Endesa remite copia de dicho formulario a la CNMV.
    • Número de registro: 10472
      • Relacionado con 10444 del 03/11/1997 (00:00)
    • 03/11/1997
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    • ENDESA, S.A.
    • Resolución de procesos judiciales o administrativos
    • El 31 de octubre de 1997, Elesur S.A., sociedad chilena filial de ì Endesa España, recobió la notificación de la Resolución nº 337 de la ì Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), por la que se le impone ì una multa que asciende a 100.000 UF, equivalente a unos US$3 millones. El fundamento de dicha sanción se hace consistir en una supuesta ì infracción del artículo 165 de la Ley nº 18.045. A juicio de la SVS, Elesur habría adquirido acciones de las sociedades ì llamadas Chispas en el conocimiento de que el Acuerdo de Alianza ì Estratégica entre Endesa España y Enersis S.A. contiene una claúsula ì condicional que faculta a Endesa España para solicitar de Enersis la ì adquisición de las acciones de CERJ y de EDESUR en propiedad de las ì Chispas, a precio de mercado en el primer caso y a precio fijado por ì terceros en el segundo. Para que esta adquisición pudiera llevarse a cabo, tenían que ì cumplirse necesariamente una serie de condiciones, todas ellas de ì ocurrencia incierta, entre las que destaca un aumento de capital en ì Enersis que, aun con el apoyo de Endesa España, podría no haberse ì acordado. Sin embargo, a partir de estos hechos, la Resolución establece que el ì conocimiento de tal información hubiera sido capaz de influir en la ì cotización de las acciones Chispas, lo que supondría la utilización de ì información privilegiada por parte de Elesur. Al dar cuenta de estos hechos, Endesa España y Elesur reiteran su ì respeto a la SVS y a las facultades que legalmente le corresponden, ì pero, al mismo tiempo, desean declarar su disconformidad con la ì Resolución adoptada, por entender que no se ajusta a derecho. Por consiguiente, Endesa España y Elesur anuncian su voluntad de ì interponer contra dicha Resolución todos los recursos legales a su ì alcance para dejarla sin efecto y poner de manifiesto que, en los ì procesos de adquisición de acciones de las Sociedades Chispas, ì actuaron en todo momento en estricto cumplimiento de las leyes y ì normas aplicables en Chile. Además, Elesur considera necesario formular las siguientes ì puntualizaciones: 1. Elesur tiene la convicción de haber proporcionado toda la ì información relevante necesaria para que los procesos de adquisición ì de las acciones de las Sociedades Chispas se produjeran con total ì transparencia. 2. Elesur estimó, con plena buena fe, que la información relativa a la ì cláusula sexta del Acuerdo de Alianza Estratégica entre Endesa España ì y Enersis no era de ningún modo relevante en dichos procesos de ì adquisición, dados los términos condicionales de la claúsula, la mayor ì parte de los cuales no dependían de la voluntad de Endesa España, y ì las primas o sobreprecios que ofrecía a los accionistas sobre la ì cotización de las acciones. En este sentido, Elesur cree haber seguido los criterios de ì información sobre hechos relevantes que son comúnmente aceptados como ì correctos en los mercados, en los que sólo se exige informar de ì aquellos hechos que tengan impacto material significativo sobre las ì compañías. 3. En este sentido, Elesur consideró y considera que el conocimiento ì de la citada cláusula sexta no era de ninguna manera capaz de influir ì en la cotización de las acciones de las Sociedades Chispas. ì 4. Por otra parte, Endesa España y Elesur tienen constancia de que el ì 3 de agosto el Acuerdo de Alianza Estratégica, que no se hallaba ì cubierto por ninguna cláusula de confidencialidad, fue informado como ì hecho esencial a la SVS por Enersis, a quien legalmente correspondía ì esa obligación. El acuerdo fue además puesto íntegramente en ì conocimiento de dicha Autoridad antes del 30 de agosto, fecha de ì conclusión de las OPAs, y antes también del 18 de septiembre, fecha en ì que tales OPAs se declararon exitosas. 5. Elesur informa también que en ningún momento del proceso de ì adquisición de las aciones de las sociedades Chispas, ni siquiera ì después de que la SVS tuviera conocimiento del texto literal del ì Acuerdo de Alianza Estratégica, recibió la menor indicación de que ì fuera necesario ampliar la información de que disponía el mercado, ì para darle a conocer el contenido de la citada cláusula sexta. Finalmente, tanto Elesur como Endesa España, desean dejar constancia ì de su firme voluntad de seguir contribuyendo al éxito del Grupo ì Enersis y actuando en interés de sus accionistas y trabajadores. ì
    • Número de registro: 10450
      • Relacionado con 10444 del 03/11/1997 (00:00)
    • 03/11/1997
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    • ENDESA, S.A.
    • Operaciones y garantías sobre activos
    • Con fecha 31 de octubre de 1997, Endesa, S.A., a través de su filial ì Endesa Desarrollo, S.A., ha adquirido en el mercado 4.080.000 ADR´s de ì la sociedad chilena Enersis, S.A., equivalentes a 204.000.000 ì acciones de dicha sociedad y representativos del 3% del capital de la ì misma. Después de esta adquisición, Endesa tiene indirectamente la propiedad ì del 28,03% de las acciones de Enersis y aproxima su control en esta ì sociedad al 32% del capital de la misma con derecho a voto, máximo que ì permiten los estatutos sociales y legislación chilena.
    • Número de registro: 10444
      • Relacionado con 10430 del 30/10/1997 (00:00)
    • 30/10/1997
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    • ENDESA, S.A.
    • Otros Hechos Relevantes
    • Endesa comunica los resultados consolidados que ha obtenido durante ì los nueve primeros meses de 1997. Durante este período, el beneficio ì neto se ha elevado a 118.566 Millones Ptas., lo que supone un ì decremento del 1,9% respecto del mismo período de 1996. ì Según manifiesta la sociedad, esta disminución en el beneficio es ì atribuíble a la reducción de la tarifa eléctrica y al efecto que la ì actualización de balances ha tenido sobre las amortizaciones, que se ì han incrementado por esta causa en 23.770 Millones Ptas. Sin tener en ì cuenta el efecto mencionado, el resultado neto obtenido supondría un ì aumento del 9,4% en términos interanuales. Esta información es un extracto de la remitida por parte de la ì sociedad y disponible en los registros de la CNMV.
    • Número de registro: 10433
    • 30/10/1997
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    • ENDESA, S.A.
    • Otros Hechos Relevantes
    • Endesa, S.A. ha comunicado el siguiente hecho relevante en relación a ì su inversión en Enersis adjuntando, además, la comunicación que han ì realizado a la Superintendencia de Valores de Chile: La inversión llevada a cabo por Endesa (a través de Elesur), en el ì pasado mes de septiembre, en la empresa chilena Enersis, se formalizó, ì además de la adquisición, vía ofertas públicas de compra, de las ì acciones Serie A de las sociedades "Chispas", mediante los siguientes ì contratos con los denominados Gestores-Clave, miembros de distintos ì Consejos de Administración del Grupo Enersis y titulares del 100% de ì las acciones Serie B de las Sociedades Chispas: un contrato de ì adquisición en firme del 51% de las acciones Serie B y una promesa de ì compra-venta del 49% restante de dichas acciones; un contrato de ì Gestión con los referidos Gestores Clave para que representasen los ì intereses de Endesa en Enersis e, igualmente, un compromiso de venta a ì dichos Gestores, agrupados a los vendedores de acciones de la Serie A ì de las denominadas Sociedades Chispas para adquirir, a través de ì Euroluz, hasta el 5% del capital social de Endesa, con la presencia de ì uno o dos representantes en el Consejo de Administración en esta ì Sociedad. La crisis surgida en Chile respecto a la actuación de dichos ì Gestores-Clave ha determinado la necesidad de modificar ì sustancialmente los Acuerdos antes referidos. Con fecha de ayer, ì 29.10.97, Endesa ha alcanzado un Acuerdo general con dichos ì Gestores-Clave, cuya síntesis es la siguiente: a) Se deja sin efecto el Contrato de Promesa de Compra-Venta del 49% ì de las acciones de la Serie B de las denominadas Sociedades Chispas, ì en el precio total de 256,8 millones $, y se sustituye por un contrato ì de Compra-Venta en firme de dichas acciones, pagando únicamente Endesa ì la suma de 36 millones de $. Con esta compra, Endesa ha completado la ì adquisición en firme de las acciones de las denominadas Sociedades ì Chispas, a través de las que ha efectuado su inversión en Enersis. b) Se deja sin efecto el Contrato de Gestión celebrado el 2 de agosto ì de 1997 entre Endesa, S.A. y los Gestores-Clave, sustituyéndose por un ì acuerdo por el que dichos Gestores se obligan a renunciar como ì miembros del Consejo de Administración en el Grupo Enersis, a no ì competir por plazo de dos años respecto de Enersis, S.A. y Endesa, ì S.A. y a no divulgar la información relacionada con el Grupo Enersis ì que no tengan carácter público. Endesa asume, a partir de ahora, la ì representación directa de su inversión en Enersis. c) Se deja sin efecto el compromiso de vender a Euroluz 49.454.277 ì acciones de Endesa, al precio de 2.841 ptas./acción, que representan ì el 4,7% del capital social de Endesa, concediéndose, en sustitución de ì aquel compromiso, una opción, que vence el 15 de diciembre de 1997, ì para adquirir, hasta aproximadamente 5.500.000 acciones de Endesa, al ì mismo precio anterior por acción, las cuales representan el 0,5% del ì capital social de Endesa. Dicha adquisición, en caso de realizarse, ì no conlleva la presencia de representantes en el Consejo de ì Administración de Endesa.
    • Número de registro: 10430
      • Relacionado con 10288 del 16/10/1997 (00:00)
    • 28/10/1997
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    • ENDESA, S.A.
    • Operaciones y garantías sobre activos
    • Sepi comunica que el pasado 24/10/97 fue aprobada por el Consejo de ì Ministros la operación de transmisión por parte del grupo Endesa a ì Sepi de 22.098.580 acciones de la Compañía Red Eléctrica de España, ì S.A, representativas del 49,01% del capital social de ésta última. ì La operación referida está descrita en el hecho relevante de número de ì registro oficial 10.348.
    • Número de registro: 10407
      • Relacionado con 10348 del 23/10/1997 (00:00)
    • 24/10/1997
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    • ENDESA, S.A.
    • Operaciones y garantías sobre activos
    • Como continuación a la comunicación remitida el pasado día 22 de ì octubre en relación a la venta por parte del grupo Endesa a la ì Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) del 49,01% del ì capital social de Compañía Red Eléctrica de España S.A. y a fin de ì clarificar las noticias que sobre dicha operación aparecen en la ì prensa diaria, les informamos: -Que conforme a los términos comunicados, el precio definitivo no está ì fijado, ya que el mismo será el que resulte de la posterior venta por ì parte de SEPI. -El pago acordado entre SEPI y el Grupo Endesa, por importe de 62.009 ì millones de pesetas es un pago a cuenta del que finalmente resulte. -Que las plusvalías que se pudieran generar serán contabilizadas en el ì ejercicio en que se determine el precio definitivo. -A efectos del Grupo Endesa, el valor contable a tener en cuenta para ì el cálculo de las plusvalías sería el del Grupo consolidado, es decir, ì 50.668 Mpta, y no los valores contables que figuran en las sociedades ì del Grupo. -Las plusvalías que registrarían las sociedades individuales serían ì gravadas por el correspondiente impuesto de sociedades, por lo que la ì plusvalía neta sería inferior. -En el grupo Endesa Consolidado, la plusvalía contable a registrar ì quedará reducida por los impuestos que deberán soportar las sociedades ì individuales. Lo anteriormente indicado se lo comunicamos a fin de aclarar a los ì analistas e inversores la información recogida por la prensa diaria en ì el día de hoy, y les sirva para una mejor toma de decisiones.
    • Número de registro: 10370
      • Relacionado con 10348 del 23/10/1997 (00:00)
    • 23/10/1997
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    • ENDESA, S.A.
    • Operaciones y garantías sobre activos
    • De conformidad con lo dispuesto en el apartado IV 1.3.3 del capítulo ì IV del folleto Informativo correspondiente a la Oferta Pública de ì Venta de Acciones de Endesa, S.A. realizada por SEPI se ha procedido, ì con fecha 21 de Octubre de 1997 a transmitir por parte del Grupo ì Endesa a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) ì 22.098.580 acciones de la compañía Red Eléctrica de España S.A., ì representativas del 49,01 del capital de esta última. En concreto, las sociedades vendedoras son las siguientes: -ENDESA: 18.036.000 acciones -FECSA: 3.963.382 acciones -VIESGO: 99.198 acciones El precio de transmisión de las citadas acciones será el que ì finalmente resulte de la posterior venta que SEPI habrá de realizar ì al mercado, habiéndose convenido un pago a cuenta de 62.009 millones ì de ptas. a pagar por SEPI antes del 31/12/97, cuyo importe indicado es ì superior al valor en libros de las citadas acciones en las compañías ì vendedoras e incluso al valor teórico contable de las mismas. Esta operación se ejecuta en cumplimiento del artículo 33.1 de la Ley ì 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del Sistema Eléctrico ì Nacional ante la futura pérdida de la mayoría pública en Endesa como ì consecuencia de la Oferta Pública de Venta de Acciones de esta última. Asimismo, les comunicamos que la citada operación está condicionada a ì la preceptiva autorización del Consejo de Ministros.
    • Número de registro: 10348
      • Relacionado con 10370 del 24/10/1997 (00:00)
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