SNIACE, S.A. (EN LIQUIDACION)

Página 54 de 57

desde 01/07/1988 hasta 25/11/2024

    • 27/02/1997
    • 00:00
    • SNIACE, S.A. (EN LIQUIDACION)
    • Otros Hechos Relevantes
    • Sniace remite copia del documento suscrito por la Mesa de Trabajo de ì Sniace en la reunión del día 21/2/97. En dicho documento se manifiesta ì el acuerdo de todas las partes (Coypsa, Diputación Regional de ì Cantabria, Ayto. de Torrelavega, Comité de Empresa, Sniace y Banesto) ì con la propuesta de acuerdo alcanzados entre la Sociedad y Banesto y ì el apoyo al Plan de Viabilidad de la compañía. La Sociedad remitirá copia de los acuerdos alcanzados con Banesto tan ì pronto como los mismos estén definitivamente firmados ante Notario.
    • Número de registro: 8534
    • 10/01/1997
    • 00:00
    • SNIACE, S.A. (EN LIQUIDACION)
    • Otros Hechos Relevantes
    • Sniace comunica, en relación con las conversaciones que viene ì manteniendo con Banesto a fin de alcanzar un acuerdo sobre la deuda de ì Sniace con esa Entidad que, tras múltiples reuniones, se ha llegado,ì con fecha 9/1/97, a sentar las bases de un principio de acuerdo que la ì Sociedad espera pueda instrumentarse de forma definitiva tras ì profundizar y desarrollar adecuadamente los aspectos técnico-jurídicos ì del mismo. Sniace manifiesta que en el mismo instante en que se suscriba y firme ì el pertinente documento, remitirán una copia del mismo a esta CNMV.
    • Número de registro: 8197
    • 02/12/1996
    • 00:00
    • SNIACE, S.A. (EN LIQUIDACION)
    • Otros Hechos Relevantes
    • Sniace remite copia del documento suscrito en la reunión de la Mesa de ì Trabajo de Sniace con fecha 28/11/96, que contiene el acuerdo firmado ì por los representantes de la Consejería de Turismo, Transportes y ì Comunicaciones e Industria, Consejería de Medio Ambiente y O.T., ì Ayuntamiento de Torrelavega, Empresa Sniace y Comité de Empresa de ì Sniace. El acuerdo tomado supone: Ratificar el Plan de Viabilidad redactado a propuesta del Gobierno de ì Cantabria por la empresa Coypasa y para lo cual se comprometen: Por parte de la empresa Sniace incorporar al trabajo el próximo día ì 1/12/96 a las 196 personas contempladas en el Plan pasando aquellas de ì éstas que no sean necesarias a disfrutar las vacaciones del año 1996 ì ratificando el expediente vigente en el día de la fecha y a suscribir ì de mutuo acuerdo con el Comité expediente de suspensión temporal de ì contratos para aquellos que agotadas dichas vacaciones por razones ì técnicas o financieras no puedan aún comenzar a trabajar; o aquellos ì problemas de reincorporación que puedan surgir en el futuro y a abonar ì el 50% de la deuda salarial atrasada antes del 10/12/96, conforme a ì las condiciones ofrecidas por Banesto en esta misma fecha y en ì documento suscrito entre las partes, y el 50% restante en el momento ì en el que se obtenga la financiación requerida a banesto para el ì antedicho Plan de Viabilidad. Por parte del Comité de Empresa se comprometen a ratificar el ì expediente de regulación de empleo vigente a fecha 28/11/96, a acordar ì un calendario de vacaciones para los 196 trabajadores que deben ì reincorporarse en función del Plan de Viabilidad hasta el agotamiento ì de las que tengan pendientes del año 1996 y a suscribir de mutuo ì acuerdo con la empresa expediente de suspensión temporal para aquellos ì trabajadores de los 196 que agotadas sus vacaciones no puedan aún ì incorporarse al trabajo por razones técnicas o financieras de la ì puesta en marcha, asó como por problemas de reincorporación que por ì las mismas causas puedan surgir en el futuro. Por parte del Gobierno Regional representado por las Consejerías de ì Turismo, Transportes y Comunicaciones y de Medio Ambiente y O.T. y del ì Ayuntamiento de Torrelavega a colaborar en todas las gestiones ì necesarias para el buen fin del Plan de Viabilidad.
    • Número de registro: 7958
    • 03/10/1996
    • 00:00
    • SNIACE, S.A. (EN LIQUIDACION)
    • Situaciones concursales
    • SNIACE REMITE A LA CNMV CON FECHA 02.10.96 NOTA DE PRENSA QUE HA ì EMITIDO LA SOCIEDAD, EN RELACION CON LA CONCLUSION DEL EXPEDIENTE DE ì SUSPENSION DE PAGOS Y LA COMUNICACION ENVIADA A LA CNMV EN EL DIA DE ì HOY (HS 7561).
    • Número de registro: 7569
      • Relacionado con 7561 del 02/10/1996 (00:00)
    • 02/10/1996
    • 00:00
    • SNIACE, S.A. (EN LIQUIDACION)
    • Situaciones concursales
    • SNIACE, S.A., comunica que en el día de ayer les fue comunicado ì mediante auto del Juzgado de Primera Instancia número 20 de Madrid, ì del cual adjuntan copia, la aprobación del convenio de pago propuesto ì entre Sniace, S.A. y sus acreedores, al haberse obtenido el quorum ì necesario para ello y resolverse favorablemente las impugnaciones ì presentadas. Este hecho, cumplidos los trámites de información y publicación del ì mismo, conllevará el levantamiento de suspensión de pagos.
    • Número de registro: 7566
    • 02/10/1996
    • 00:00
    • SNIACE, S.A. (EN LIQUIDACION)
    • Otros Hechos Relevantes
    • SNIACE, S.A., remite la siguiente documentación: -Plan de Viabilidad elaborado por Coypsa a petición del Gobierno ì Regional de Cantabria. -Plan de arranque o puesta en marcha. -Nota de la empresa en relación con los planes anteriores en los que ì manifiesta su aceptación en los términos que en ella se mencionan. A título enunciativo y no limitativo se detallan a continuación los ì extremos del Plan más relevantes y significativos: 1.- Aprobación de un expediente de suspensión de contratos de ì conformidad con lo previsto en el Plan de Puesta en Marcha, que tendrá ì efectos desde el 1 de octubre de 1996 por la totalidad de la plantilla ì y en el que los trabajadores se irán incorporando en función de las ì condiciones y plazos de puesta en marcha. 2.- Obtención de los ì recursos financieros. 3.- Desestimiento del procedimiento de apremio ì iniciado por la Confederación Hidrográfica del Norte. 4.- Como ì consecuencia del punto anterior, devolución en su totalidad de los ì aprox. 600 MM pts. de IVA, retenidos por la C.H.N. 5.- Cobro de los ì importes correspondientes a expropiaciones efectuadas por el Mº de ì Fomento, retenidos por la C.H.N. 6.- Condonación de las deudas ì históricas por la C.H.N. de conformidad con los términos previstos en ì el Plan y determinación del nuevo plan aplicable por importe de 50 MM ì pts. 7.- Conforme a la exigencia recogida en el Plan, condonación de ì la deuda existente con el Ayto. de Torrelavega. 8.- Recalificación de ì los terrenos de uso no industrial. 9.- Aceptación por la Seguridad ì Social de las fórmulas de pago previstas en el Plan. 10.- Adecuación ì del plan de pagos de FOGASA con el de la Seg.Social. 11.- Obtención de ì una línea de descuento de hasta 3.000 MM pts. 12.- Negociación y ì acuerdo de la deuda con Banesto. 13.- Solicitud y obtención de todas ì las subvenciones previstas en el plan. 14.- Aceptación por la ì representación de trabajadores de: -Expediente de despido colectivo para la plantilla determinada como ì excedentaria con un coste total máximo de 119 MM pts. -Supresión de ì los complementos de ILT y demás modificaciones del convenio colectivo ì por importe de un 2,5% de la masa salarial. -Aceptación del plan de ì subcontratistas previstos en el Plan. 15.- Aprobación definitiva de la ayuda para la planta de recuperación ì de lejías por el gobierno de Cantabría y compromiso de su obtención y ì aplicación para antes del periodo vacacional del próximo año. Todas las partes se comprometen a no iniciar procesos ejecutivos o de ì apremio alguno por las deudas derivadas de esta acuerdo o del proceso ì de puesta en marcha. La empresa solicita que todas las partes ì manifiesten su aceptación del plan en todos sus términos y ì expresamente de aquellos compromisos que deben asumir ì institucionalmente.
    • Número de registro: 7561
      • Relacionado con 7569 del 03/10/1996 (00:00)
    • 08/07/1996
    • 00:00
    • SNIACE, S.A. (EN LIQUIDACION)
    • Operaciones y garantías sobre activos
    • Sniace comunica que el Ministerio de Industria y Energía ha resuelto ì incluir en el Régimen especial de Producción Eléctrica el proyecto de ì instalación de cogeneración presentado por la empresa Sniace ì Cogeneración, S.A., a fin de suministrar a la fábrica de Sniace la ì energía eléctrica y térmica que precise, así como ceder la energía ì eléctrica excedentaria a la red eléctrica, de acuerdo con la ì legislación vigente. Sniace Cogeneración, S.A. está participada por el Grupo Abengoa y el ì Grupo Sniace, previendo el proyecto una inversión de 7.000 millones de ì pesetas.
    • Número de registro: 7214
    • 05/07/1996
    • 00:00
    • SNIACE, S.A. (EN LIQUIDACION)
    • Situaciones concursales
    • Sniace remite copia del Auto dictado por la Sala de lo Civil, sección ì 11 de la Audiencia Provincial de Madrid por el que, tras tener por ì desistido y apartado el recurso de apelación de las partes ì recurrentes, declara firme la sentencia apelada y dictada por el ì Juzgado de 1ª Instancia Nº 20 de Madrid el día 31/7/95. En virtud de esta resolución, el convenio de acreedores propuesto por ì Sniace y aprobado en su día por los acreedores queda firme. Este hecho, cumplidos los trámites de información y publicación del ì mismo, conllevará el levantamiento de la suspensión de pagos.
    • Número de registro: 7191
    • 07/06/1996
    • 00:00
    • SNIACE, S.A. (EN LIQUIDACION)
    • Resolución de procesos judiciales o administrativos
    • Sniace comunica que con fecha 5/6/96 ha presentado ante la Dirección ì general de Trabajo, solicitud de Expediente de Suspensión de Contratos ì por un período de 2 meses a partir del próximo mes de julio, ì prorrogables, y que afecta a la totalidad de la plantilla con parada ì de actividad. Dicha solicitud, según la compañía, está motivada: - Por las circunstancias financieras originadas por el embargo que ya ì fue comunicado en abril de 1996 (ver hecho relevante 6521), y que ì supone que en la actualidad haya previsiones de que durante la primera ì quincena de julio pueda haber necesidad de paralizar los procesos ì productivos por falta de suministros de materias primas. - Por la eventual paralización de la actividad para el supuesto de que ì las anunciadas denuncias por parte del Ayto. de Suances ante los ì Tribunales obliguen a la paralización de los procesos productivos.
    • Número de registro: 6937
    • 20/05/1996
    • 00:00
    • SNIACE, S.A. (EN LIQUIDACION)
    • Situaciones concursales
    • Sniace comunica que el obstaculo procesal que representa la ì impugnación del convenio de acreedores, por parte de un acreedor (ver ì hecho relevante número 5515), parece superarse tras la presentación de ì un escrito de desistimiento por parte del referido acreedor ante la ì Audiencia Provincial de Madrid. Como consecuencia de este hecho, y ì tras cumplimentarse diversas diligancias judiciales de carácter ì formal, se estará en condiciones de perseguir con la máxima celeridad ì los trámites oportunos que permitan definitivamente levantar el estado ì legal de suspensión de pagos.
    • Número de registro: 6735
Página 54 de 57